Transparencia

Nuestra organización procura cumplir toda la normatividad de las entidades sin ánimo de lucro en Colombia. A continuación encontrarás nuestras diferentes políticas.

tratamiento de datos personales

Dando cumplimiento a lo establecido en la Ley 1581 de 2012 sobre la protección de datos personales, y reglamentado en el artículo 10 del Decreto 1377 de 2013, ASOCIACIÓN HERMANDADES DEL TRABAJO, solicita a todas la personas naturales y jurídicas que aparecen registradas en nuestras bases de datos como: clientes, empleados, proveedores de bienes y servicios, y al público en general, autorización para continuar con el almacenamiento y tratamiento de sus datos personales.
 
La información y datos personales suministrados a la ASOCIACIÓN HERMANDADES DEL TRABAJO, podrán ser procesados, recolectados, almacenados, usados, suprimidos, compartidos, actualizados y transmitidos, de acuerdo con los términos y condiciones reglamentadas en el decreto en mención, principalmente para hacer posible la comercialización de nuestros productos y servicios, para reportes a autoridades de control y vigilancia, y además de uso para fines administrativos, comerciales y publicitarios.
 

De conformidad con los procedimientos contenidos en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013, los Titulares podrán ejercer sus derechos de conocer, actualizar, rectificar y suprimir sus datos personales enviando su solicitud a la dirección de correo electrónico:
info@hermandadesdeltrabajo.org.

CONOCE AQUÍ NUESTRO MANUAL DE TRATAMIENTO DE DATOS

Régimen tributario especial 2021

De acuerdo a lo señalado en el artículo 364-5 del E.T. las entidades sin ánimo de lucro y del sector cooperativo clasificados en el RTE deberán actualizar anualmente la información en el Registro Web, en los primeros 3 meses de cada año, iniciando a partir del año 2019.

Es importante precisar que el concepto de actualización comprende dos aspectos, a saber:

1. La actualización de la información en el registro web, cuya periodicidad es anual.

2. La actualización de la calidad contribuyente pertenecientes al Régimen Tributario Especial en el RUT a que se refiere el artículo 356-3 del E.T., adicionado por el artículo 149 de la Ley 1819 de 2016, la cual se hace con la presentación de la declaración de renta como contribuyente del RTE.

En el siguiente link podrá encontrar la información de nuestra asociación, pertinente al año inmediatamente anterior.